29 de octubre de 2025
CIRCULAR NÚM. 5, AÑO 2025-2026
DECANOS Y DIRECTORES DE UNIDADES ACADÉMICAS Y ADMINISTRATIVAS
Edgardo Díaz Labrador, MBA
Decano interino
EXPEDICIÓN Y/O RENOVACIÓN DE LICENCIA DE EXPLOSIVOS EN EL RECINTO
La Oficina de Protección Ambiental y Seguridad Ocupacional (OPASO) solicita que se informe los nombres de aquellas personas que no cuentan con licencia para manipular, almacenar o transportar explosivos, y que requieran iniciar el proceso de expedición. Estas personas deben comunicarse con la señora Lymari Orellana al correo electrónico lymari.orellana@upr.edu o a la extensión 83151 para comenzar los trámites correspondientes.
Por otro lado, las personas que necesiten renovar su licencia deberán completar una declaración jurada. Para ello, se ha reservado el viernes 14 de noviembre de 2025, desde las 9:00 a.m. hasta las 12:00 m. y desde la 1:00 p.m. hasta las 3:00 p.m., en la Oficina de Asesoría Jurídica, ubicada en el tercer piso de la Torre Norte, Plaza Universitaria.
La Ley Núm. 134, del 28 de junio de 1969, conocida como la Ley de Explosivos de Puerto Rico, regula la manufactura, uso, manipulación, posesión, almacenaje, transportación y disposición de explosivos o sustancias que puedan utilizarse para fabricarlos. De conformidad con la Ley, se requiere que toda persona que tenga contacto directo con reactivos posea la licencia vigente para el manejo de explosivos. El incumplimiento de este requisito puede conllevar la suspensión total de la licencia institucional.
Además, el número de licencia otorgado no es transferible, y la renovación debe gestionarse al menos 30 días antes de la fecha de vencimiento. La licencia es expedida por la División de Explosivos y Seguridad Pública de la Policía de Puerto Rico.
Agradeceremos su pronta atención y colaboración en este asunto.
