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Sección de Certificación de Propiedad (Ceses)

En casos donde un(a) empleado(a) del Recinto cesa sus funciones por razón de traslado a otra   oficina, a otro recinto, jubilación, renuncia o muerte es imperante completar el formulario 324, requerido por la Oficina de Recursos Humanos.  En dicho   formulario se detalla y describe la totalidad del    equipo, libros y obras de arte custodió dicho(a)    funcionario(a).  Como Encargada(o) de la Propiedad, deberás  cotejar físicamente la entrega de dicho equipo antes de certificar.
Recuerda que es importante que el formulario 324 tenga la firma del(la) funcionario(a) custodio y su firma como Encargado(a) de Propiedad en la Parte II y Parte III del mismo.


Sección de Propiedad Damnificada, No Localizada o Hurtada:

Es imperioso preparar la Notificación (Formulario 252) correspondiente firmada por el Decano o Director y entregarla a nuestra Oficina en un periodo de 48 horas.  Debe acompañar el original con cinco copias.  El formulario 252 debe incluir copia de la Notificación de Querella realizada en la Oficina de Seguridad del Recinto y en la Policía de Puerto Rico.  En los casos donde los daños, desaparición o  hurto es a vehículos, recuerde acompañar el formulario 252 con las querellas (UPR y Policía) así como copia de la Licencia del Conductor y del Vehículo y el informe de la grúa o Técnico de    Emergencia.  En momentos cuando sea imperativo mover o  sacar equipo del Recinto, recuerde completar formulario 367 y contar con la firma del Decano o Director.  Recuerde que si reporta algún incidente en una fecha tardía, se debe incluir una carta explicativa sobre la dilación.

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